La policía como máxima expresión de la degeneración de la violencia según Walter Benjamin. A propósito de la ingenuidad de quienes consideraban els Mossos “la nostra policia”.

En una combinación mucho más innatural que en la pena de muerte, en una mezcolanza casi fantasmagórica, estas dos especies de violencia (la fundadora y la reproductora de derecho) se hallan presentes en otra institución del estado moderno: en la policía. La policía en sí, pues, una violencia para fines jurídicos (con derecho de disposición), pero a la vez con la atribución de ampliar los límites de estos fines jurídicos (con el derecho para reglamentar)

El aspecto ignominioso de esta autoridad -que es advertido por pocos sólo porque sus atribuciones en raros casos alcanzan las intervenciones más brutales, pero que pueden operar también más ciegamente con los sectores más vulnerables y los más reflexivos, a quienes no protegen las leyes del estado consiste en que en ella se ha suprimido la división entre violencia que funda y violencia que conserva la ley. Si se exige a la primera que se acredite con títulos de victoria, la segunda está sometida a la limitación de no deber proponerse nuevos fines. La policía se halla emancipada de ambas condiciones.

La policía es un violencia que funda -porque su función característica no es la promulgación de leyes, sino de cualquier decreto publicado con pretensión de derecho- y es un poder que conserva el derecho, dado que se pone a disposición de aquellos fines. La afirmación de que los fines del poder de la policía son siempre idénticos o que se hallan conectados con los del derecho remanente es absolutamente falsa. Más bien ʺel derechoʺ de la policía marca justamente el punto en que el Estado, sea por impotencia, sea por las conexiones inmanentes de todo ordenamiento jurídico, no se halla ya en grado de garantizarse -mediante el ordenamiento jurídico- los fines empíricos que pretende alcanzar a toda costa.

Por ello la policía interviene ʺpor razones de seguridadʺ en casos innumerables en los que no subsiste una clara situación jurídica, e incluso provoca al ciudadano un brutal desasosiego debido a la regulación de su vida mediante reglamentos sin ninguna relación con los fines jurídicos o, directamente, para la vigilancia sobre él sin motivo. Al contrario del derecho, que reconoce en la ʺdecisiónʺ local o temporalmente determinada una categoría metafísica, con lo cual exige la crítica y se presta a ella, el análisis de la policía no encuentra nada sustancial.

Su violencia no tiene forma, al igual que su fantasmagórica presencia en la vida de los estados civilizados se extiende por todas partes, pero en ninguna parte es aprehensible. Y si bien la policía se parece en todos lados en los detalles, no se puede sin embargo dejar de reconocer que su espíritu es menos destructivo allí donde encarna (en la monarquía absoluta) el poder del soberano, en el cual se reúne la plenitud del poder legislativo y ejecutivo, que en las democracias, donde su presencia, no enaltecida por una relación de esa índole, testimonia la máxima degeneración posible de la violencia.


Gràcies a Lluís Montull, autor de “Walter Benjamin. Els límits de la democràcia” Galaxia Guttenberg que, entre d’altres coses m’ha facilitat la millor traducció de Jorge Navarro Pérez: Benjamin, Walter. «Hacia la crítica de la violencia» a Walter Benjamin. Obras. Libro II, volumen 1, Madrid: Abada, 2007. També pel que fa al títol.

Aquesta entrada ha esta publicada en Contramoviments, Cultures de control. Afegeix a les adreces d'interès l'enllaç permanent.

Deixa un comentari

Aquest lloc utilitza Akismet per reduir els comentaris brossa. Apreneu com es processen les dades dels comentaris.